Argentina
Datos suministrados a la OIT para su publicación
Ninguno. En 1986, se preparó una serie de estadísticas de
huelgas. No hay datos previos a esa fecha.
Organismo responsable de la serie
El Departamento de Estudios Laborales, Dirección Nacional de
Recursos Humanos y Empleo, del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social está a cargo de la recopilación, compilación y publicación
de las estadísticas.
Terminología y definiciones
Conflicto colectivo de trabajo
Toda suspensión o alteración temporal del trabajo efectuada
voluntariamente por un grupo de trabajadores con objeto de
imponer una reivindicación.
Cierre patronal
Toda suspensión o alteración temporal del trabajo efectuada
voluntariamente por uno o más empleadores.
La fuente de estas definiciones es la Resolución sobre las
estadísticas de los conflictos del trabajo adoptada por la
tercera Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo
(1926), que parece en Recomendaciones internacionales sobre
estadísticas del trabajo (OIT, Ginebra, 1975).
Datos recopilados
- número de huelgas
- número de trabajadores implicados
- duración
- tiempo no trabajado
- cuestión objeto del conflicto
Cobertura
Huelgas y cierres patronales
- huelgas constitucionales u oficiales
- huelgas no oficiales
- huelgas de solidaridad
- huelgas generales
- huelgas por turnos
- huelgas con ocupación
No se incluyen las huelgas políticas o de protesta, las
interrupciones del trabajo iniciadas por los empleadores, las
huelgas de reglamento, las huelgas de brazos caídos y la
prohibición de trabajar horas extraordinarias.
Criterios mínimos
Duración de dos horas, por lo menos.
Actividades económicas
No se incluyen la policía federal y provincial.
Trabajadores
Sólo trabajadores directamente implicados.
No se excluye ningún grupo particular de ocupaciones.
Métodos de medición
Huelgas y cierres patronales
La unidad básica de medición para registrar una huelga es la
unidad económica (entidad o establecimiento). Una huelga
interrumpida, que se reanuda por la misma causa en el lapso de un
mes, se considera como continuación de la misma huelga.
Las interrupciones del trabajo motivadas por un mismo caso de
conflicto llevadas a cabo simultáneamente en distintos
establecimientos de una misma empresa se cuentan como una sola
huelga. Las resultantes de un mismo caso de conflicto, pero
llevadas a cabo en distintos momentos en establecimientos
diferentes de una misma empresa, se cuentan como una sola huelga
si tienen lugar en el mismo mes; de lo contrario se cuentan por
separado. Las motivadas por un mismo caso de conflicto llevadas
a cabo simultáneamente o en momentos diferentes en
establecimientos de empresas diferentes se cuentan como huelgas
distintas.
Trabajadores implicados
El número de trabajadores implicados se refiere al empleo total
en las unidades económicas implicadas.
Duración
La duración se mide en días de trabajo transcurridos desde la
fecha en que se inicia la huelga en la primera unidad económica
implicada hasta la fecha en que termina en la última de ellas.
Tiempo no trabajado
El tiempo no trabajado se mide en días de trabajo como la suma
del total de tiempo no trabajado en cada día de huelga.
Clasificaciones
Motivo del conflicto
- reivindicaciones salariales
- condiciones de trabajo
- suspensiones y despidos
- incumplimiento de acuerdos
- demoras en el pago de los salarios
- cierre de establecimientos
- otros
Tipo del conflicto
- paro (huelga) total
- paro (huelga) parcial
- quite de colaboración (huelga de brazos caídos)
- trabajo a reglamento (huelga de reglamento)
- paro con asistencia en el lugar de trabajo
- movilización
- olla popular
- toma de establecimientos
- otros
Rama de actividad económica
Las estadísticas se clasifican por rama de actividad económica
utilizando para ello la Clasificación Industrial Internacional
Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU), 1968.
Medidas analíticas
Ninguna.
Período de referencia
Las estadísticas se compilan y publican para períodos de un mes y
de un año. Se refieren a huelgas que comenzaron durante el
período de referencia y también a las que continúan del período
anterior.
Recopilación de datos
No hay obligación legal de notificar las huelgas. La información
relativa a las huelgas se obtiene de informes de prensa y de los
informes de las Delegaciones Regionales del Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social.
Publicaciones
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: Boletín de
Estadísticas Laborales (trimestral).