República Checa
Datos suministrados a la OIT para su publicación
Ninguno.
Organismo responsable de la serie
La recopilación de las estadísticas está a cargo de las oficinas
estadísticas de distrito, su compilación y publicación
corresponde a la Statistical Office of the Republic.
Terminología y definiciones
Huelga
Toda interrupción del trabajo por parte de asalariados debida a
una discrepancia con el empleador durante una negociación
colectiva u otros motivos.
Cierre patronal
Interrupción temporal del trabajo provocada por el empleador,
debida principalmente a una negociación colectiva u otra razón.
Estas definiciones provienen de la legislación sobre la
negociación colectiva (ley del Parlamento de Checoslovaquia de
1990).
Datos recopilados
- número de huelgas y cierres patronales
- número de unidades económicas implicadas
- número de trabajadores implicados
- duración
- tiempo no trabajado
- resultado del conflicto
- salarios no pagados a raíz de la huelga o del cierre patronal
(nota total de salarios)
Cobertura
Huelgas y cierres patronales
- huelgas constitucionales u oficiales
- huelgas no oficiales
- huelgas de solidaridad
- huelgas políticas o de protesta
- huelgas generales
- interrupciones del trabajo iniciadas por los empleadores
- huelgas por turnos o rotativas
- huelgas con ocupación
No se incluyen el trabajo a reglamento, las huelgas de brazos
caídos y la prohibición de horas extraordinarias. Se indica por
separado la compensación ulterior del tiempo no trabajado por
huelga o cierre patronal que difiere del originalmente previsto.
Criterios mínimos
Ninguno.
Actividades económicas
Se excluyen las fuerzas armadas.
Trabajadores
Trabajadores directamente implicadas y trabajadores
indirectamente implicados. Además de asalariados regulares, los
a tiempo parcial incluidos, las estadísticas abarcan los
temporeros, ocasionales y estacionales, pero no los familiares no
remunerados, los despedidos ni los ausentes por enfermedad,
vacaciones anuales o todo otro motivo.
No se excluye ningún grupo particular de ocupaciones.
Además
No se incluyen las pequeñas empresas no inscritas en el registro
de comercio (por lo general con menos de 25 empleados).
Métodos de medición
Huelgas y cierres patronales
La unidad básica de medida para contabilizar una huelga o un
cierre patronal es el caso de conflicto en una determinada unidad
económica (empresa). La reiniciación por un mismo caso de
conflicto de una huelga o un cierre patronal interrumpido se
considera como una nueva acción.
Las interrupciones del trabajo causadas por una mismo caso de
conflicto que ocurren simultáneamente en establecimientos
diferentes de la misma empresa se contabilizan como una sola
acción. Las que, obedeciendo a un mismo caso de conflicto,
tienen lugar en momentos distintos y diferentes establecimientos
de la misma empresa o las que ocurren en establecimientos de
distintas empresas, en forma simultánea o no, se contabilizan por
separado.
Unidades económicas implicadas
La unidad económica es la empresa, definida como la unidad legal
registrada en el registro de comercio.
Trabajadores implicados
El número de trabajadores implicados es el máximo de trabajadores
que tomaron parte en la huelga o el cierre patronal, comprendidos
los que no lo hicieron toda su duración. Los trabajadores a
tiempo parcial se cuentan en forma individual con el mismo
criterio que los trabajadores a tiempo completo.
Duración
La duración se mide en días de trabajo (u horas para las acciones
muy breves) en una unidad económica (empresa) y se cuenta desde
el comienzo de la acción en el primer establecimiento o lugar de
trabajo hasta su fin en el último de ellos, si obedece al mismo
caso de conflicto.
Tiempo no trabajado
El total de tiempo no trabajado, en días de trabajo (u horas para
acciones breves), es el producto del número de trabajadores
implicados y de la duración. El tiempo no trabajado también se
mide para trabajadores indirectamente implicados. Como los
trabajadores a tiempo parcial se cuentan individualmente, con
igual criterio que los de tiempo completo, su horario reducido de
trabajo no se toma en consideración. Se incluyen las horas
extraordinarias que el empleador haya exigido específicamente.
Clasificaciones
Tipo del conflicto
- huelga legítima según la ley de negociaciones colectivas
- huelga ilegítima según la ley de negociaciones colectivas
- huelga que según la ley sobre negociaciones colectivas es
legítima, pero declarada ulteriormente como ilegítima
- huelga legítima según la ley sobre negociaciones colectivas
ampliada a un mayor número de organizaciones por un órgano
sindical superior
- huelga ilegítima según la ley sobre negociaciones colectivas
ampliada a un mayor número de organizaciones por un órgano
sindical superior
- huelga ampliada a un mayor número de organizaciones por un
órgano sindical superior que según la ley sobre negociaciones
colectivas es legítima, pero declarada ulteriormente como
ilegítima
- otras huelgas ampliadas a un mayor número de organizaciones
por un órgano sindical superior
- cierre patronal legítimo
- cierre patronal ilegítimo
- cierre patronal declarado ulteriormente como ilegítimo
Resultado del conflicto
- huelgas o cierres patronales que alcanzan sus objetivos
- huelgas o cierres patronales que no alcanzan sus objetivos
- huelgas o cierres patronales que alcanzan sus objetivos
parcialmente
- huelgas o cierres patronales que continúan
Rama de actividad económica
Los datos se clasifican por rama de actividad económica según la
Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Todas las
Actividades Económicas de 1988 (CIIU, Rev. 3). Como la unidad de
información es la empresa, las huelgas generales de entidad, que
afecten a muchas industrias, se clasifican según las respectivas
ramas de actividad económica de las empresas implicadas.
Medidas analíticas
Ninguna.
Período de referencia
Las estadísticas se compilan para períodos de un mes,
publicándose cada tres meses para períodos trimestrales. Se
refieren a las huelgas y los cierres patronales que comenzaron en
el período de referencia específico y también a los que continúan
del período anterior.
Recopilación de datos
Los empleadores tienen la obligación legal de notificar las
huelgas y cierres patronales a los servicios de distrito de las
oficinas de estadísticas, mediante un formulario normalizado a
tal efecto.
Publicaciones
Statistical Office of the Republic: Quarterly Statistical
Bulletin (trimestral).