Guinea Ecuatorial
Datos suministrados a la OIT para su publicación
Ninguno.
Organismo responsable de la serie
La recopilación y compilación de las estadísticas está a cargo
del Servicio de Estadísticas Laborales del Ministerio de Trabajo.
Se publican por la Dirección General de Estadísticas del
Ministerio de Planificación.
Terminología y definiciones
Huelga
Suspensión temporal del trabajo voluntariamente ejecutada por un
grupo de trabajadores con el propósito de reivindicar unos
derechos.
Cierre patronal
Suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por uno o varios
empleadores con objeto de imponer una reivindicación o rechazar
una exigencia o expresar una queja.
Estas definiciones se han elaboradas a efectos estadísticas.
Datos recopilados
- número de huelgas
- número de trabajadores implicados
- duración
- tiempo no trabajado
Cobertura
Huelgas y cierres patronales
- huelgas constitucionales u oficiales
- huelgas no oficiales
Las huelgas generales se notifican por separado.
No se incluyen las huelgas de solidaridad, las huelgas
políticas o de protesta, las interrupciones del trabajo iniciadas
por los empleadores y las huelgas por turno, tampoco las huelgas
de reglamento, las huelgas de brazos caídos, la prohibición de
trabajar horas extraordinarias y las huelgas con ocupación.
Criterios mínimos
Ninguno.
Actividades económicas
La administración pública no se incluye, por razones económicas,
políticas y sociales.
Trabajadores
Sólo trabajadores directamente implicados. Además de asalariados
regulares a tiempo completo, las estadísticas abarcan los
temporeros, los ausentes por enfermedad o vacaciones anuales o
que se hallen ausentes por cualquier otro motivo (e.g. los
permisos ordinarios o extraordinarios). No se incluyen los
ocasionales o estacionales, los familiares no remunerados ni los
despedidos.
No se excluye ningún grupo particular de ocupaciones.
Métodos de medición
Huelgas y cierres patronales
La unidad de básica de medición para contabilizar una huelga es
el conflicto del trabajo en una unidad económica (empresa o lugar
de trabajo local). La continuación de una huelga interrumpida
que se reanuda debida al mismo caso de conflicto se cuenta como
la misma huelga, pero sólo si la interrupción no excede 24 horas.
Las interrupciones del trabajo resultadas del mismo caso de
conflicto, que ocurren simultáneamente o en momentos diferentes
en establecimientos del mismo empresa, se consideran como la
misma huelga. Las resultadas del mismo caso de conflicto, que
ocurren simultáneamente o en momentos diferentes en
establecimientos de empresas diferentes, se cuentan como huelgas
distintas.
Trabajadores implicados
El número de trabajadores implicados es el máximo de trabajadores
que toman parte durante el curso de la huelga, aún si algunos
participan en sólo una parte de la duración.
Duración
La duración se mide en días desde la fecha en que la huelga
comienzo hasta la fecha en que termina en la unidad económica
implicada.
Tiempo no trabajado
El tiempo total no trabajado, en días de trabajo, es el producto
del número de trabajadores implicados y de la duración. No se
toman en cuenta las horas extraordinarias.
Clasificaciones
Motivo del conflicto
- causa económica
- por horas de trabajo
- razones socio-laborales
Rama de actividad económica
Los datos clasifican por rama de actividad económica según la
Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU).
Otras
- grupo de trabajadores implicados (empleados, obreros,
trabajadores domesticos, trabajadores a domicilio, otros)
Medidas analíticas
Ninguna.
Período de referencia
Las estadísticas se recopilan para períodos de un trimestre y un
año, y se publican para períodos de un año. Se refieren
solamente a huelgas que comienzan en el período de referencia
particular.
Recopilación de datos
No hay obligación legal de notificar una huelga. Las
informaciones se obtienen por investigaciones directas.
Publicaciones
Información no disponible.