Guatemala
Datos suministrados a la OIT para su publicación
La base de datos de la OIT contiene ciertas informaciones sobre
las huelgas y cierres patronales desde 1969.
Organismo responsable de la serie
La recopilación de las estadísticas está a cargo de la Inspección
General de Trabajo, la compilación a cargo del Departamento de
Estadísticas del Trabajo y la publicación a cargo del Ministerio
de Trabajo y Previsión Social.
Terminología y definiciones
Huelga legal
Conforme al artículo 239 del Código de Trabajo, es la
suspensión y abandono temporal del trabajo de una empresa
acordados, ejecutados y mantenidos pacíficamente por un grupo de
tres o más trabajadores, previo cumplimiento de los requisitos de
la ley.
Huelga de hecho o huelga ilegal
La suspensión y abandono temporal del trabajo por tres o más
trabajadores en un centro de trabajo, sin llenar los requisitos
de ley.
Conflicto del trabajo
Situación que se suscita en un centro de trabajo en que los
trabajadores, para reivindicar sus derechos, realizan medidas de
hecho.
Paro
Conforme al artículo 245 del Código de Trabajo, paro legal es
la suspensión y abandono temporal del trabajo, ordenados y
mantenidos por uno o más patronos en forma pacífica y con el
exclusivo propósito de defender sus intereses económicos.
Implica el cierre total de la empresa.
Paro de hecho o paro ilegal
La suspensión y abandono temporal del trabajo ordenados por
uno o más patronos sin llenar los requisitos de ley.
Cierre patronal
Cuando en un centro de trabajo la parte empleadora deja de
cumplir con sus obligaciones derivadas de la relación laboral sin
cumplir con los requisitos legales.
Todas estas definiciones provienen de las normas laborales
contenidas en códigos, reglamentos y pactos y convenios
colectivos sobre condiciones de trabajo.
Datos recopilados
- número de huelgas y paros
- la fecha en que comenzó
- la fecha en que finalizo
- la empresa o establecimiento en que se dío
- la causa
Cobertura
Huelgas y cierres patronales
La información que se recolecta se relaciona a acciones de hecho,
las cuales, por no agotar las vias administrativas indicadas en
la legislación laboral, se consideran como huelgas ilegales.
Estás acciones de hecho abarcan conflictos colectivos dentro de
una empresa, y no como huelgas, aunque se pueda hacer una
distinción entre conflictos y huelgas.
Actividades económicas
No se excluye ninguna rama ni sector de actividad económica.
Métodos de medición
Huelgas y cierres patronales
La unidad básica de medición utilizada para contabilizar huelgas
o paros es el caso de conflicto y la unidad económica (el centro
de trabajo o empresa de trabajo).
Clasificaciones
Ninguna.
Medidas analíticas
Ninguna.
Período de referencia
Las estadísticas se compilan y publican por períodos de un año.
Se refieren a acciones que empiezan durante el período de
referencia únicamente.
Recopilación de datos
Existe la obligación legal de notificar una huelga a las
autoridades laborales, Ministerio de Trabajo y Previsión Social,
Inspección General de Trabajo y Juzgados de Trabajo.
Se ha elaborado un formulario estandar por el Inspección
general de Trabajo, para recolectar informaciones sobre huelgas.
Esta incluye detalles sobre la actividad económica de la empresa,
el número de trabajadores de la empresa, el número de
trabajadores en huelga, y la organización de los trabajadores
(sindicato, etc.), el valor estimado de perdidas diarias, el tipo
de huelga (intermitente, progresiva, indefinid), el procedimiento
de concilación, el estado judicial de la huelga, y las causas de
la huelga.
Publicaciones
Inspección General de Trabajo: Informe Anual de Labores.