Isla de Man
Datos suministrados a la OIT para su publicación
Se comunica a la OIT información sobre el número de huelgas, el
número de trabajadores implicados y el total de tiempo no
trabajado, respecta a todas las industrias en su conjunto y por
rama de actividad económica. Los datos figuran en los cuadros
31A y 31B; la edición de 1993 contiene los hasta 1992 inclusivo.
Organismo responsable de la serie
La recolección y recopilación de los datos corresponde al
Industrial Relations Service, que es un servicio autónomo de
relaciones laborales que comprende uno o más funcionarios
(Industrial Relations Officers) designados en virtud de la
cláusula 5 de la Trade Disputes Act, 1985, pero que actúan con
total independencia tanto en relación con las disposiciones de
dicha ley como de cualquier otra legislación. Las informaciones
estadísticas, que por lo general no se publican en la Isla de
Man, se transmiten mediante el procedimiento interno establecido
para presentar los informes periódicos que el Industrial
Relations Service debe comunicar al Council of Ministers
(Governor in Council).
Terminología y definiciones
Huelga
Toda interrupción del trabajo debida a un conflicto laboral.
Conflicto laboral (trade dispute)
Todo conflicto entre los trabajadores y su empleador
relacionado, total o parcialmente, con:
- condiciones de empleo o condiciones físicas en las cuales
deben trabajar los trabajadores
- contratación (o no contratación), despido o suspensión de la
relación de trabajo (o el desempeño de las funciones) de uno o
más trabajadores
- distribución de puestos de trabajo y tareas entre los
trabajadores o grupos de trabajadores
- cuestiones de disciplina
- afiliación (o no afiliación) de un trabajador a un sindicato
registrado
- facilidades concedidas a funcionarios de sindicatos
registrados
- mecanismo de negociación y consulta y otros procedimientos
que se relacionan con alguno de los temas antes mencionados,
comprendido el reconocimiento de un sindicato registrado como
representativo de los trabajadores en cualquiera de esas
consultas o procedimientos
Estas definiciones provienen de las Trades Disputes Act, 1985 y
Trades Unions Act, 1991.
Datos recopilados
- número de huelgas
- número de unidades económicas implicadas
- número de trabajadores implicados
- duración
- tiempo no trabajado
- método de solución
Cobertura
Huelgas y cierres patronales
- huelgas constitucionales u oficiales
- huelgas no oficiales
- huelgas de solidaridad
- huelgas generales
- huelgas por turnos o rotativas
No se incluyen cierres patronales, huelgas políticas, trabajo a
reglamento, huelgas de brazos caídos, prohibición de trabajar
horas extraordinarias ni huelgas con ocupación.
Criterios mínimos
Duración de dos horas por lo menos.
Actividades económicas
No se excluye ninguna rama o sector de actividad económica.
Trabajadores
Sólo los trabajadores directamente implicados (es decir el total
de trabajadores implicados en una acción y no el total de
trabajadores empleados en la unidad económica). Además de los
asalariados regulares trabajando a tiempo completo, las
estadísticas abarcan los trabajadores a tiempo parcial, los
temporeros con cuatro semanas o más de empleo en el momento de la
acción, así como los despedidos o ausentes en dicho momento por
maternidad o enfermedad, vacaciones anuales u otro motivo.
No se excluye ningún grupo particular de ocupaciones.
Métodos de medición
Huelgas y cierres patronales
La unidad básica para contabilizar una huelga es la interrupción
del trabajo debida a un conflicto laboral entre los asalariados
de un solo empleador. Las suspensiones del trabajo
ininterrumpidas, debidas a un conflicto del trabajo, que ocurran
en una o más unidades económicas propiedad de un empleador, se
contabilizan como una sola huelga. La reiniciación de una huelga
por el mismo caso de conflicto se considera como una nueva
huelga.
Unidades económicas implicadas
La unidad económica implicada puede ser la empresa, el
establecimiento, o el local de trabajo propiedad de un empleador.
Trabajadores implicados
El número de trabajadores implicados equivale al total de
asalariados implicadas en el conflicto. Los trabajadores de
tiempo parcial se cuentan como individuos, con igual criterio que
los de tiempo completo.
Duración
La duración se mide en días laborables transcurridos hasta la
solución del conflicto laboral. Toda reiniciación de un
conflicto por el mismo motivo se considera como un nuevo
conflicto.
Tiempo no trabajado
El tiempo no trabajado se mide en días de trabajo como el
producto del número de trabajadores implicados y la duración. No
se toma en cuenta el horario reducido de los trabajadores de
tiempo parcial, ni las horas extraordinarias.
Clasificaciones
Forma de terminación
- conciliación
- arbitraje
- recomendación del Court of Inquiry
- otros medios
Rama de actividad económica
Los datos se clasifican según la Clasificación Industrial
Internacional Uniforme de Todas las Actividades Económicas (CIIU,
Rev. 2, 1968) de las Naciones Unidas.
Grupo de ocupaciones
Corresponde a las agrupaciones de la clasificación de la OIT.
Medidas analíticas
Ninguna.
Período de referencia
Las estadísticas, que se compilan y publican para períodos de un
año civil, se refieren a las huelgas comenzadas durante ese año,
así como las que continúan del anterior.
Recopilación de datos
En virtud de las citadas leyes de 1985 y 1991, sobre conflictos
laborales y sobre los sindicatos, ambas partes están obligadas a
informar al Industrial Relations Service sobre toda votación cuyo
objeto sea decidir una acción reivindicativa y su resultado.
Esta información debe incluir el sindicato registrado, el
propósito de la votación, el número de votantes autorizados y de
votos emitidos, así como el resultado. No se dispone de
formularios normalizados a tal efecto.
Publicaciones
Ninguna.