Malasia

Datos suministrados a la OIT para su publicación

Se comunica a la OIT información sobre el número de huelgas y cierres patronales, el número de trabajadores implicados y el total de tiempo no trabajado, respecta a todas las industrias y por rama de actividad económica. Los datos se publican en los cuadros 31A y 31B; la edición de 1993 contiene datos hasta 1991 inclusive.

En el pasado se comunicaban datos separados para Malasia peninsular, Sabah y Sarawak. Desde 1980 datos para toda Malasia se presentan en una sola serie.

Organismo responsable de la serie

La recopilación y compilación de las estadísticas corresponde al Industrial Relations Department, su publicación al Ministry of Human Resources.

Terminología y definiciones

Huelga

Cesación del trabajo por un grupo de personas empleadas en cualquier industria y que actúan de acuerdo entre ellas, o la negativa concertada o decidida de común acuerdo de varias personas que están o han estado así empleadas a continuar trabajando o a aceptar empleo, comprendido todo acto u omisión por un grupo de trabajadores empleados en cualquier industria y que actúan en combinación o de común acuerdo, que tenga por objeto limitar, restringir, parar o retardar el ejercicio o el cumplimiento de todas o parte de las funciones relacionadas con su empleo.

Cierre patronal

(a) El cierre de un lugar de trabajo, (b) la suspensión del trabajo por un empleador o (c) la negativa de éste a continuar empleando cierto número de personas a su servicio como consecuencia de un conflicto laboral para obligarlos a aceptar las condiciones de empleo o relativas al empleo.

Estas definiciones provienen de la Industrial Relations Act de 1967.

Datos recopilados

Cobertura

Huelgas y cierres patronales

Criterios mínimos
Duración de un día, por lo menos.

Actividades económicas

No se excluye ningún sector o rama de actividad económica.

Trabajadores

Trabajadores directamente implicados y trabajadores indirectamente implicados. Además de los asalariados regulares, las estadísticas abarcan los temporarios y ocasionales. No se incluyen los trabajadores a tiempo parcial, los estacionales, los familiares no remunerados, los despedidos ni los ausentes por enfermedad, vacaciones anuales u otro motivo.

No se excluye ningún grupo particular de ocupaciones.

Métodos de medición

Huelgas y cierres patronales

La unidad de medición básica para contabilizar una huelga o un cierre patronal es el caso de conflicto y la unidad económica (establecimiento). No se sigue un criterio único para contabilizar huelgas o cierres patronales reiniciados por el mismo caso de conflicto, que en ciertos casos se cuentan como nueva acción y en otros como continuación de la misma.

Las interrupciones del trabajo que por el mismo caso de conflicto ocurren simultáneamente en establecimientos diferentes de la misma empresa se contabilizan como una sola acción. Las que, por el mismo conflicto, tienen lugar simultáneamente o en momentos diferentes, en establecimientos diferentes de una o más firmas se contabilizan como acciones distintas, una por cada establecimiento o local de trabajo implicado.

Unidades económicas implicadas

Se considera unidad económica el establecimiento, el local de trabajo o la empresa. Se define el establecimiento como la unidad económica que, bajo un mismo propietario o control, se dedica única o principalmente a una actividad económica en solo lugar.

Trabajadores implicados

El número de trabajadores implicados es el número de trabajadores implicados en el momento más intenso de la huelga o del cierre patronal.

Duración

La duración se mide en días de trabajo.

Tiempo no trabajado

El total de tiempo no trabajado, en días de trabajo, es el producto del número de trabajadores implicados y de la duración. No se toman en consideración las horas extraordinarias.

Clasificaciones

Tipo del conflicto

Motivo del conflicto

Forma de terminación

Resultado del conflicto

Rama de actividad económica

Los datos se clasifican por rama de actividad económica según los grupos siguientes: No existen criterios específicos para clasificar las huelgas generales por rama de actividad económica.

Duración

Medidas analíticas

Ninguna.

Período de referencia

Las estadísticas se compilan y publican para períodos de un mes y de un año y se publican para períodos de un año. Se refieren sólo a huelgas y cierres patronales comenzadas durante el propio período de referencia.

Recopilación de datos

Es obligatorio pedir a sindicatos y empleadores que informen sobre huelgas. Dichos informes deben dirigirse al Industrial Relations Department y al Department of Trade Union Affairs, indicando: El formulario U (ley de 1959 sobre los sindicatos) ha sido especialmente estructurado para tal fin; la secretaría del sindicato debe completarlo en el plazo de 14 días a partir del voto secreto y presentarlo al Director de la región donde está inscrito el sindicato interesado con 90 días de antelación a la fecha propuesta para comenzar la huelga legal.

También se trasmitan otros documentos de notificación: el Informe de comienzo de huelga (formulario SA) y el Informe de terminación de huelga (formulario SB), que la Industrial Relations Office debe completar y comunicar al Department of Industrial Relations, así como el Informe sobre comienzo de huelga o cierre patronal (formulario rojo), que dicho Department comunica al Ministry of Human Resources.

Publicaciones

Ministry of Labour: Annual Report (anual).