La Resolución sobre las estadísticas de huelgas, cierres patronales y otras acciones causadas por conflictos laborales, adoptada por la decimoquinta Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo (Ginebra, 1993) 1 , da, a efectos estadísticos, las definiciones siguientes:
Se entiende por huelga una interrupción temporal del trabajo efectuada por uno o varios grupos de trabajadores con objeto de obtener reivindicaciones o rechazar exigencias o expresar quejas o de apoyar las reivindicaciones o las quejas de otros trabajadores.
Se entiende por cierre patronal el cierre temporal, ya sea parcial o total, de uno o varios centros de trabajo decidido por uno o varios empleadores o el impedimento por parte de éstos del desarrollo de la actividad laboral de sus trabajadores con objeto de lograr una reivindicación o rechazar exigencias o de apoyar las reivindicaciones o las quejas de otros empleadores.
Trabajadores implicados en una huelga: los trabajadores directamente implicados en una huelga son los que participaron directamente interrumpiendo el trabajo. Los trabajadores indirectamente implicados en una huelga son los asalariados de los establecimientos implicados o los trabajadores independientes que pertenecen al grupo implicado, que no participaron directamente interrumpiendo su trabajo, pero que no pudieron trabajar a causa de la huelga.
Trabajadores implicados en un cierre patronal: los trabajadores directamente implicados en un cierre patronal son los asalariados de los establecimientos implicados a los que el conflicto de trabajo afectódirectamente y que no pudieron trabajar a causa del cierre patronal. Los trabajadores indirectamente implicados en un cierre patronal son los asalariados de los establecimientos implicados a los que el conflicto de trabajo no afectódirectamente, pero que no pudieron trabajar a causa del cierre patronal.
Un conflicto de trabajo o conflicto laboral es una situación de desacuerdo referente a una cuestión o conjunto de cuestiones con relación a la cual o a las cuales existe una discrepancia entre trabajadores y empleadores, o acerca de la cual o las cuales los trabajadores o empleadores expresan una reivindicación o queja o dan su apoyo a las reivindicaciones o quejas de otros trabajadores o empleadores.
Las definiciones que utilizan los países pueden variar de las anteriores según sea la fuente de las estadísticas. Estas provienen por lo general de registros administrativos de los servicios de conciliación u otros interesados en las relaciones laborales, etc. Los datos pueden provenir de diversas fuentes, comprendidos los avisos de huelgas, informes periodísticos y averiguación directa a empleadores o organizaciones de trabajadores. El tipo de fuente se indica a continuación del nombre del país mediante un código (para las explicaciones, véase la página XVI).
Los datos que se presentan en este capítulo abarcan indistintamente las huelgas y los conflictos laborales, pues las estadísticas de la mayoría de los países no hacen distinción entre estas dos clases de acción reivindicativa. En general, las series abarcan toda clase de huelgas y cierres patronales, así como toda actividad económica, y se refieren tanto a las acciones en curso durante el año como a las que continúan las iniciadas el año anterior. Toda diferencia con respecto a lo antes expresado se señala en notas de pie de página. Si las estadísticas sólo abarcan huelgas y cierres patronales de cierta entidad, es decir que superan ciertos límites relativos al número de trabajadores implicados, duración, total del tiempo no trabajado o una combinación de dos o más de éstos; dichos límites también se indican en notas de pie de página.
Según las recomendaciones internacionales, todas las interrupciones del trabajo que se deban a un mismo conflicto laboral deben considerarse como una sola huelga o cierre patronal siempre que el lapso entre estas interrupciones no supere dos meses. En algunos países se utilizan criterios distintos para considerar como único un cierre patronal o una huelga; por ejemplo, cada interrupción del trabajo de cada establecimiento puede considerarse como un mismo y único cierre patronal o huelga. En tales casos, el número de huelgas y cierres patronales y el de trabajadores implicados suelen ser más elevados que los que se habrían podido obtener siguiendo las recomendaciones, al punto que algunas veces el número de trabajadores implicados supera el total del empleo de la rama de actividad económica interesada.
Al utilizar estos datos cabe tener presente que el número de trabajadores expuestos al riesgo de una huelga o un cierre patronal varía según la actividad económica o el país considerado y de un período a otro. Por tal motivo es útil calcular medidas relativas, como las tasas de gravedad, en las cuales el total del tiempo no trabajado como consecuencia de huelgas y cierres patronales se relaciona con el número total de trabajadores.
Las descripciones de las fuentes, ámbito, definiciones y métodos utilizados en el plano nacional para elaborar las estadísticas que se muestran en este capítulo figuran en OIT: Fuentes y Métodos: Estadísticas del Trabajo, Volumen 7: «Huelgas y cierres patronales» (Ginebra, 1993).
Si una huelga o un cierre patronal abarca varias actividades económicas, la información pertinente se da, habitualmente, para cada una de las actividades afectadas. En consecuencia el número total de huelgas y cierres patronales que se presenta para la actividad económica en su conjunto puede ser inferior a la suma de los datos de cada actividad.
El número de trabajadores implicados en huelgas y cierres patronales incluye por lo general los implicados indirectamente además de los implicados directamente.
El número de días no trabajados como consecuencia de huelgas o cierres patronales se suele medir en términos de la suma de días laborablesque lubieran sido normalmente trabajades por eada trabajador implicado de no haberse producido la interrupción de la actividad.
Las tasas de gravedad de huelgas y cierres patronales se calculan por lo general en términos de días no trabajados por 1 000 trabajadores. El tipo de tasa se indica mediante un código que sigue al nombre del país, de esta forma:
- (1)
- por 1 000 asalariados;
- (2)
- por 1 000 personas ocupadas;
- (3)
- otra.
1 Para el texto completo de la Resolución, veáse OIT: Boletín de Estadísticas delTrabajo, 1993/2 (Ginebra).
