PRECIOS AL POR MENOR DE ALGUNOS ARTÍCULOS ALIMENTICIOS
En la Encuesta se pide información correspondiente al mes de octubre sobre los promedios de precios al por menor a nivel nacional de hasta 93 artículos de alimentación y bebidas. Cuando no hay promedios nacionales, se pueden facilitar por separado los precios medios en hasta tres ciudades o regiones importantes. Los precios comunicados deberían ser, en lo posible, los que se utilizan normalmente para calcular los índices de precios al consumidor. También se deberían referir a los precios normales al por menor realmente pagados por el consumidor, incluidos todos los impuestos conexos, tales como los impuestos sobre las ventas o sobre el valor añadido.
Junto con el cuestionario de la Encuesta se facilitan descripciones detalladas de los artículos alimenticios considerados para ayudar a los países a identificarlos, así como para garantizar, en lo posible, que se comuniquen los precios de los mismos cada año y promover la comparabilidad internacional de los datos. En las descripciones figuran las unidades de venta sugeridas, es decir, el peso, volumen o cantidad de cada artículo para los que se debería comunicar el precio. Para cuatro artículos (9. Pan de trigo: d) otro tipo de pan; 30. Pescado fresco (a), (b) y (c); 38. Queso: c) otro; 45. Aceite para ensalada o para cocinar) se pide a los países que especifiquen la variedad.
El cuadro O2 se presentan los datos facilitados por los países en la medida de lo posible, desde 1985.
Cualquier diferencia entre las especificaciones de los artículos considerados en la Encuesta y los artículos cuyos precios han sido proporcionados por los diferentes países se indica en notas de pie de página. Cuando procede, las variedades de los cuatro artículos arriba mencionados se citan en el apéndice II (Pan - Queso - Aceite o Pescado). Con relación a esto, se deberánotar que las variedades cuyos precios se indican pueden variar de un año al otro.
En general, los precios comunicados son los promedios de los que se obtienen en los programas regulares de compilación de precios de las oficinas nacionales de estadística y que se utilizan para el cálculo de los índices de precios al consumidor. Sin embargo, algunos países han llevado a cabo recolecciones especiales de precios para algunos artículos que no se incluyen normalmente en estos programas.
Un cuadro de las fuentes relativas a los datos publicados an la última edición de la publicación y de las publicaciones nacionales correspondientes figura en el apéndice III.
Si bien se proponen unidades de venta en el anexo del cuestionario, las prácticas nacionales tienden a variar a este respecto, no sólo porque las cantidades y tipos de embalajes difieren, sino también por las diferentes unidades nacionales de medida utilizadas. Por esta razón, la Oficina ha reconvertido en los casos necesarios los precios comunicados para ajustarlos a cantidades métricas convencionales con miras a su publicación.
Los salarios y los precios se expresan en moneda nacional. En los cuadros, la moneda indicada al lado del nombre del país es la moneda corriente. En caso de cambio de unidad monetaria en un país, la equivalencia entre la moneda antigua y la nueva se indica en una nota de pie de página al año correspondiente.
Para utilizar e interpretar los datos publicados cabe proceder con cierta prudencia, en particular cuando se trata de hacer comparaciones internacionales. Aunque se ha hecho todo lo posible por facilitar la coherencia y comparabilidad de los resultados, hay ciertas diferencias entre las especificaciones de los artículos, los períodos de referencia y los métodos de compilación de precios. Se da la mayor información posible en las notas y en el apéndice II, que deberán tener muy presentes los usuarios.
Aunque hubiera sido conveniente, no se ha podido evitar el empleo de abreviaturas y símbolos en los cuadros.
